PROBLEMATICA TMA,S EN VUELOS DE ACOMPAÑAMIENTO.
En ASETMA venimos teniendo constancia de las condiciones lamentables en que distintos centros de mantenimiento y operadores aéreos vienen encomendando los vuelos de acompañamiento a los Técnicos de Mantenimiento de Aeronaves (TMA,s).
Lo que viene sucediendo es que en algunas empresas los TMA están realizando los vuelos de acompañamiento en condición de pasajeros y en otras se va en la doble condición, como pasajeros y como supernumerarios (miembro de la tripulación con misión a bordo), lo que es totalmente irregular porque una figura excluye directamente la posibilidad de la otra. Al volar en condición de pasajero el TMA se coloca en una situación de irregularidad al permanecer en el interior de la aeronave o en las plataformas de los aeropuerto, para llevar a cabo su trabajo, cuando en realidad deberían abandonar las zonas restringidas de los aeropuertos. Lo dicho, un autentico despropósito del que como siempre el que paga las consecuencias es el propio trabajador.
A pesar de haberse planteado esta problemática por parte de varias Secciones Sindicales de ASETMA en sus empresas, no han encontrado con una solución satisfactoria a este asunto con sus respectivos departamentos de operaciones. Al final, el trabajo va saliendo mientras que el que se ve afectado por problemas con las autoridades aeroportuarias o aduaneras es el propio Técnico de Mantenimiento.
Ante esta situación, desde ASETMA, pusimos en conocimiento de la Autoridad Aeronáutica (AESA), los hechos que se estaban produciendo, recabando su amparo y criterio para tratar de evitar situaciones indeseadas para los TMA.
Tal y como trasladamos a AESA, en ASETMA consideramos que los TMA deberían realizar este cometido volando en la condición de SUPERNUMERARIOS como miembros de la tripulación. Esta figura está recogida en documentación IRM IATA (Asociación Internacional de Transportistas Aéreos). En alguna empresa se estaba alegando en que no podían enviar a los TMA en esa condición porque estaba reservada para personas que no siendo miembros de la tripulación técnica o de cabina realizaran funciones a bordo, y que los TMA en sus vuelos de acompañamiento no realizan funciones a bordo, sino que las realizan en destino.
Pues bien, tras varias reuniones explicativas de la situación y escrito presentado por ASETMA ante AESA al respecto, la autoridad aeronáutica ha contestado poniendo de manifiesto que no tiene ningún inconveniente en que los operadores incluyan como miembros de la tripulación (y por tanto, figuren en la Declaración General de Tripulación) a los Técnicos de Mantenimiento de Aeronaves que tengan que realizar funciones de mantenimiento en la aeronave durante la rotación de la misma
A estos efectos deberá recogerse esta posibilidad en los manuales de operaciones junto con las funciones, responsabilidades, cualificación y formación necesarias.
Con esta respuesta por parte de AESA, esperamos poder solucionar a nivel de las empresas esta problemática y que los TMA puedan realizar los vuelos de acompañamiento con totales garantías y de forma digna.
01 de febrero de 2018