EL NUEVO OJT
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea AESA ha publicadola Guía de Formación en el Puesto de Trabajo (OJT) adaptada a los nuevos requisitos establecidos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/989, por el que se modifica el Reglamento (UE) 1321/2014.
Esta Guía será de aplicación a todos los OJT que se inicien con posterioridad al 12 de Junio de 2024, manteniéndose también vigente la Guía de Formación que establece los requisitos para aquellos OJT comenzados con anterioridad a esta fecha.
La Guía tiene por objeto proporcionar información a los TMA´s y a las Organizaciones de Mantenimiento que deseen obtener la aceptación para poder llevar a cabo la formación en el puesto de trabajo OJT requerida a los titulares de una LMA Parte 66 expedida por AESA, para anotar la primera habilitación de tipo dentro de una determinada categoría/subcategoría.
Las modificaciones que introduce el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/989 precisan que el programa para la realización del OJT se desarrollara en el capítulo 3.20 del MOE, en el caso de organizaciones de mantenimiento Parte 145 y en el capitulo B.4 del CAE en el caso de organizaciones Parte CAO. El conjunto de tareas del OJT estarán definidas en un cuaderno de tareas, que estará particularizado en cada Organización de Mantenimiento, para cada modelo de aeronave y para cada categoría de licencia.
Otros aspectos importantes en el nuevo procedimiento de OJT son aquellos que hacen referencia a los requisitos que se establecen para los OJT realizados en organizaciones extranjeras o la evaluación final a realizar una vez completado el cuaderno de tareas.
AESA nos recalca que cambia el concepto de OJT, que deberá estar mucho más desarrollado por los Centros de Mantenimiento, con nuevas exigencias para tutores y evaluadores, y en todo caso deberá llevar la aceptación previa de la Autoridad que vaya a endorsar la habilitación de tipo en la licencia Parte 66.
Se establece un OJT más formal, en el que la implicación y responsabilidad de las Organizaciones de Mantenimiento requiere que se lleven a cabo los esfuerzos necesarios para disponer de los medios que garanticen el cumplimiento del Reglamento de Ejecución 2023/989.
Desde ASETMA, vistas las novedades y complejidad del nuevo OJT, insistimos a las Organizaciones de Mantenimiento en que para el mantenimiento de la Seguridad Operacional y Calidad, deben implementar los recursos necesarios para disponer de suficientes TMA´s debidamente cualificados en sus plantillas, siendo los programas de OJT una de las partes esenciales en ese sentido.
Agradecemos los esfuerzos y dedicación que AESA está realizando para informar de las modificaciones del reglamento y trasladar a todas las partes implicadas los detalles del nuevo OJT.
Podéis consultar en la web de AESA Licencias Parte 66 las Guías y Formatos actualizados respecto al OJT y resto de procedimientos.
ASETMA, como Organización Profesional de los TMA´s, queda a disposición de sus afiliados, así como Organizaciones, para ayudar y solventar las consultas que puedan surgir con respecto a los OJT´s y resto de cuestiones profesionales.