ASETMA INFORMA – INFORMACION SOLICITUDES LICENCIAS UK PARTE 66

En los últimos días hemos tenido conocimiento de que la autoridad aeronáutica inglesa CAA requiere en algunas ocasiones por email documentación adicional a los solicitantes de una licencia UK Parte 66 a través de una licencia UE Parte 66.

Esta documentación adicional requerida seria:

  • Copia de Certificados que acrediten la superación de la formación básica Parte 66, ya sea los certificados de módulos aprobados o el certificado de superación de curso parte 66 en centros 147.
  • Copia de Certificados que acrediten la superación de la formación de tipo de las aeronaves incluidas en la licencia.

Las copias remitidas deben estar compulsadas en los mismos términos en que se validó la documentación para la solicitud.

En el caso de TMA´s que obtuvieran su licencia Parte 66 a través de conversión de licencias nacionales o “derechos del abuelo” esto deberá ser comunicado a la CAA en contestación al mail de requerimiento de certificados de formación básica.

Asimismo, queremos indicaros que la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) está tramitando y enviando a la autoridad aeronáutica inglesa (CAA), a requerimiento de esta, la carta de verificación que confirme la validez y estado en vigor de las licencias UE Parte 66, pero no envía documentos y  certificados personales que ahora nos está requiriendo la CAA, ya que el Reino Unido con ocasión del Brexit ya no es es un país bajo regulación Unión Europea/EASA y deben cumplirse  los requisitos de LOPD Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Es por ello, que debe ser cada TMA afectado quien envíe estos documentos y certificados. Si por algún motivo no estuvierais en posesión de estos, lo que si podréis hacer es solicitar vuestro expediente a AESA para obtenerlos.

Por otro lado, debemos tener en cuenta que al existir un elevado volumen de solicitudes de licencias CAA de titulares de licencias EASA de todos los estados miembros los periodos de comunicación y resolución son muy dilatados, por lo que se puede esperar una demora considerable en todos los casos.

 Seguiremos informando,

 3 de Febrero de2023

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies